La OCU exige informar de que las cabinas de bronceado producen cáncer

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha exigido al Ministerio de Sanidad y Política Social que se modifique el Real Decreto 1002/2002 de 27 de septiembre que regula la venta y utilización de los aparatos de bronceado mediante radiaciones ultravioletas. El objetivo es que se especifiquen, tanto en el etiquetado, como en el embalaje y el manual de instrucciones y la publicidad, los peligros de los rayos UVA, entre ellos, el cáncer de piel.
Información clara y al alcance de la mano
La OCU cree conveniente que este riesgo para nuestra salud tiene que ser anunciado en todos los aparatos, centros de bronceado y en la información y publicidad de los mismos. Además, el personal que trabaja en los centros de bronceado tiene la obligación de informar a los usuarios, de forma clara y completa, de todos estos riesgos y precauciones antes de emplear un aparato de rayos UVA y saber que puede ser especialmente peligroso para menores de 18 años, en donde está explícitamente prohibido.
Todas estas medidas son justas y necesarias teniendo en cuenta que la Organización Mundial de la Salud (OMS) hace tiempo que viene anunciando que los aparatos de bronceado que emiten rayos UVA pueden provocar cáncer de piel, envejecimiento cutáneo y daños en los ojos y en el sistema inmunológico.
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